mayo 9, 2025

Novedades ARCA

ARCA extiende hasta el 31/12/2025 la exclusión de Ganancias e IVA Adicional para la importación
de ciertos bienes de la canasta básica, medicamentos y empresas con Certificado MiPyME

La Cámara Argentina de Representantes y Fabricantes de Anilinas Auxiliares y Pigmentos (CARFA) comunica a sus asociados que, en el Boletín Oficial del 30 de diciembre de 2024, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la Resolución General N.º 5623, mediante la cual se prorrogan las disposiciones establecidas por la Resolución General N.º 5490 hasta el 31 de diciembre de 2025. Esta extensión suspende, hasta la fecha mencionada, las percepciones de “IVA Adicional” y “Ganancias” aplicables a la importación definitiva de ciertos bienes incluidos en
la canasta básica y medicamentos.

Asimismo, el beneficio se extiende a las operaciones realizadas por empresas que posean un Certificado MiPyME vigente, detalladas en el Anexo de la Resolución General N.º 5490.
Para acogerse a este tratamiento especial, en las destinaciones definitivas de importación para consumo, se deberá utilizar el código de ventaja “EXCLU-IVAAD-GAN” al declarar las Posiciones Arancelarias de los productos alcanzados.

Adicionalmente, para las empresas MiPyME, será necesario invocar el código de ventaja “PYME-EXC-IVAGAN”, asegurando la aplicación de la exención transitoria en los regímenes de percepción.
Cabe aclarar que, al ingresar los códigos mencionados, aunque el Sistema Informático María (SIM) aplique las excepciones correspondientes, los conceptos “422 (IVA Adicional)” y “424 (Impuesto a las Ganancias)” aparecerán con el atributo “X” (exceptuado) en la liquidación.

Por último, destacamos que las disposiciones de la Resolución General N.º 5623 entraron en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

CARFA continuará informando a sus asociados sobre cualquier novedad relevante que afecte al sector y queda a disposición para consultas sobre la implementación de estas disposiciones.