Luego de la gestión realizada ante el Director General de Industria, Lic. Andres Civetta llevada a cabo a través de la intermediación de FECOBA (Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires) y acompañado por la gestión de otras entidades empresariales, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo mediante la Res. Nº 3359/15 ha resuelto la postergación del Sistema Globalmente Armonizado de clasificación y etiquetado de productos químicos.
Resolución 3359/2015
Bs. As., 29/09/2015
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 801 de fecha 10 de abril de 2015 se aprobó la Implementación del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA/GHS) en el ámbito laboral.
(…) Que si bien se ha verificado un alto grado de conocimiento de la Resolución S.R.T. N° 801/15, las principales cámaras representativas de los sectores directamente relacionados con la industria química, petroquímica, agroquímica y conexas, han informado ciertas dificultades de carácter técnico, logístico y económico en la adecuación de sus respectivos etiquetados, en virtud del plazo previsto por la citada norma.
Que atendiendo a las motivaciones expuestas por el sector empresario, a los estudios realizados sobre una muestra de empresas del sector químico y petroquímico en relación a la clasificación y etiquetado de las sustancias químicas que utilizan en sus procesos productivos y la legislación comparada sobre la materia en los países latinoamericanos, se considera oportuno otorgar un plazo mayor para la implementación del SGA/GHS.
(…) Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Sustitúyase el artículo 6° de la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 801 de fecha 10 de abril de 2015 —que aprueba la implementación del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA/GHS)—, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 6°.- La implementación del SGA/GHS en el ámbito del trabajo entrará en vigencia el día 15 de abril de 2016 para las sustancias y el día 01 de enero de 2017 para las mezclas, tal como están definidas en el ítem 1.3.3.1.2 de la Revisión N° 5 del SGA/GHS”.
ARTICULO 2° — Los actores sociales involucrados en la implementación del SGA/GHS deberán continuar con la promoción y difusión del